LA CESIÓN DE DERECHOS EN CHILE
La cesión de derechos, es una convención, que consiste en la transferencia que hace el cedente al cesionario de uno o más derechos reales o personales. Está regulada en los artículos 1.901 y s. del Código Civil, entre los contratos de permuta y de arrendamiento; sin embargo, para la mayoría de la doctrina, la naturaleza jurídica de la cesión no es la de un contrato, sino que es la forma de hacer la tradición de los derechos, lo cual se desprende de diversas disposiciones legales como son el artículo 699 y la norma antes citada, que dispone.